lunes, 1 de octubre de 2012

Indicaciones legales en caso de ser detenido en una manifestación

La manifestación es un ejercicio legítimo mediante el cual exigimos el respeto de nuestros Derechos Fundamentales, no obstante cabe prever que se puedan producir detenciones por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en cuyo caso, vamos a dar unas pautas prácticas de actuación que nos servirán para que nuestra defensa se de en las mejores condiciones posibles, y protegernos de este modo del abuso institucional, en el caso de que se produjera:
 
a) Solicitad “Habeas Corpus”. En resumen y llanamente, esto significa que el ciudadano detenido considera que su detención es ilegal e injusta, y solicita la presencia del Juez de Guardia en las dependencias policiales. Esta petición se puede hacer verbalmente, aunque se recomienda que se haga por escrito para poder probar que se hizo si fuera necesario (la policía tiene obligación de facilitar al detenido papel y bolígrafo para que pueda elaborar el escrito).
 
El escrito debe contener:
1) Nombre completo y DNI (u otro documento de identificación).
2) Añadir el texto: “Solicito que la autoridad judicial comparezca en [La comisaria en la que te encuentras] ya que considero que la detención que he sufrido ha sido ilegal.”
 
3) A continuación, exponer de manera resumida las circunstancias de la detención, por ejemplo: “Estaba pacíficamente ejerciendo mi derecho fundamental de reunión y de manera sorpresiva he sido detenido por varios agentes.”
 
4) Fechad el escrito, poned la hora a la que se firma, y firmadlo. Pedid copia sellada del escrito.
5) En la comparecencia del Habeas Corpus, es decir, cuando llegue el Juez, debería estar también vuestro abogado, si ya está designado. Asistirá también el Ministerio Fiscal.
 
NOTA: El Habeas Corpus, además de ser solicitado por el propio detenido, puede serlo por parte del abogado o por un familiar directo.
 
b) Si se sufre cualquier tipo de agresión o un mero “porrazo”, solicitad que se “os lleve al médico”. Que se os traslade a un Centro público de Salud (bien Hospital, bien Servicio de urgencias de Atención Primaria), pero que siempre sea un Centro Público. Negaros a otra cosa, aunque puede que se pretenda daros asistencia mediante servicio de ambulancia o similar, es decir, sin trasladaros de dependencias policiales; insistid en que se os traslade de todas formas. Si hubiera cualquier lesión de gravedad, se os debe trasladar a un Hospital necesariamente. En todo caso (se os traslade o no), solicitad copia del parte o informe que el médico emita.
 
c) Una de las primeras cosas que deberían hacer los agentes que procedan a la detención de un ciudadano es “leerle sus derechos”. Entre estos, se os informará de que tenéis derecho a que la policía avise a un familiar o persona de confianza de vuestra detención y de dónde estáis detenidos, así como a designar a un abogado, preguntándoos en este caso si queréis un abogado de oficio o uno particular. Si queréis ser atendidos por los abogados -ajenos a esta organización- que se han ofrecido voluntaria y altruistamente a prestar sus servicios a los participantes de esta acción, debéis rechazar el abogado de oficio. La persona de confianza o familiar que indiquéis puede ser el propio enlace, y será esta persona quien se encargará de avisar a los abogados. Debéis insistir de que se avise inmediatamente, indicando que el familiar o persona de confianza será quien os busque un abogado, para que así se pueda gestionar el contacto con rapidez.
Cuando se comunique con el enlace, desde Comisaría o desde vuestra persona de confianza o familiar, se os asignará un abogado y este se presentará en la comisaría para representaros, momento en el que debéis aceptarlo.
 
d) Sea quien sea el abogado que finalmente os asista, se recomienda que nadie preste declaración en dependencias policiales. Negaros a declarar. Después de este trámite podréis entrevistaros con el abogado que haya ido a asistiros.
 

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