A finales de abril de 2007, un joven neonazi es
supuestamente agredido por lo que él entiende como un “grupo de antifascistas” y
con la indispensable ayuda de la brigada de información de la policía nacional,
identifica a dos jóvenes antifascistas que ni participaron en la supuesta
agresión ni se encontraban en el lugar en el que supuestamente
ocurrió.
Desde ese momento, hasta que la sentencia derivada del montaje policial es firme, se producen toda una serie de hechos, tanto en lo jurídico como en lo policial, que nos hacen constatar la intención de incriminar a estos dos compañeros por su conocida lucha y trayectoria en el movimiento antifascista.
Para empezar, el tratamiento de los mass-media fue lamentable, tergiversando, negando u ocultando muchos datos relativos a la pertenencia a grupos neonazis del denunciante, intentando hacer creer que la supuesta agresión se produjo por ser “el hijo de la abogada que un par de años antes defendió a un neonazi juzgado en Valladolid por grabar esvásticas con una navaja en la piel de varias menores de edad”.
Desde ese momento, hasta que la sentencia derivada del montaje policial es firme, se producen toda una serie de hechos, tanto en lo jurídico como en lo policial, que nos hacen constatar la intención de incriminar a estos dos compañeros por su conocida lucha y trayectoria en el movimiento antifascista.
Para empezar, el tratamiento de los mass-media fue lamentable, tergiversando, negando u ocultando muchos datos relativos a la pertenencia a grupos neonazis del denunciante, intentando hacer creer que la supuesta agresión se produjo por ser “el hijo de la abogada que un par de años antes defendió a un neonazi juzgado en Valladolid por grabar esvásticas con una navaja en la piel de varias menores de edad”.
Llegado el momento del primer juicio, la abogada –y también madre del denunciante- se indispone repentina y sospechosamente y el juicio ha de ser aplazado -daba la casualidad de que el juez que presidiría el pleito era uno de sustitución y no el que habían designado desde un principio-
Tres meses después se fija la celebración del juicio, esta
vez con el magistrado nombrado desde el inicio. En este juicio se producen una
serie de irregularidades que como poco, harían que el proceso fuera declarado
nulo.
Desde la espera fuera de la sala, numerosos compañeros son testigos del trato amigable y cordial de los agentes de la brigada de información de Valladolid –que acudían en calidad de testigos- con el denunciante y otro grupo de testigos. En el momento de la declaración de los agentes de la brigada, uno de ellos relata cómo el supuestamente agredido llega a la comisaría, dice que le han agredido dos antifascistas y él, automáticamente, le enseña las fotos de los dos compañeros imputados, firmando el denunciante encima de ellas.
Al ser preguntado por uno de los abogados de la defensa si no había llevado a cabo el protocolo –rueda de reconocimiento, complexión, altura, etc.- para garantizar que la identificación se había realizado de manera correcta, el policía respondió “son errores que surgen, él me dijo quiénes eran y yo no me compliqué la vida…saqué sus fotos y el denunciante firmó sobre ellas. Omar y Sergio son viejos conocidos para nosotros”.
Durante el transcurso del juicio no se pudo demostrar en ningún momento la presencia o autoría de los compañeros en la supuesta agresión. Aun así, Omar y Sergio fueron condenados a 4 años de prisión con agravante de “ataque racista” y a 1.200 € de responsabilidad civil.
Al finalizar el jucio, la madre-abogada del denunciante saluda efusivamente dando dos besos al juez en medio de la sala. Ahora tenemos claro el porqué de la repentina indisposición de esta persona en el primer jucio. ¿El juez sustituto hubiera participado de igual manera en este cierco? ¿hubiera dado pie
a este montaje? Quizás éste no era tan amigo de la madre-abogada.
Tras un recurso, la sentencia fue rebajada a 2 años y 3 meses, no observándose el “ataque racista”, ya que el denunciante y los denunciados son de la misma etnia. Aun así, la pena era superior a 2 años y la suspensión de condena solo podría darse si se rebajaba a 2.
Los compañeros interpusieron una solicitud de indulto que fue denegada el pasado mes de febrero, lo cual agota todas las posibles vías de recurso para la prisión.
El último episodio de todo este circo se produce cuando el juzgado comunica a la abogada de uno de los compañeros que desde hace varios días ambos se encuentran en busca y captura para ser conducidos a prisión para ejecutar la condena.
Tras unos días de incertidumbre, donde los propios abogados no dan crédito a que no se notifique a los condenados día y hora de presentarse en la prisión y, en cambio, se efectúe una orden de arresto, finalmente se consigue modificar este “error” y se les fija un plazo para presentarse voluntariamente.
Por último, queremos contrastar la condena impuesta a los compañeros por unas simples supuestas “lesiones” con la condena al neonazi defendido por la madre-abogada del denunciante de todo este circo, al que grabar esvásticas con una navaja en la piel de varias menores de edad le costó tan solo 1 año y 6 meses de prisión. En cambio, Omar y Sergio, serán privados de su libertad 2 años y 3 meses por una acusación que a día de hoy no ha sido demostrada.
Juzguen ustedes mism@s.
Desde la espera fuera de la sala, numerosos compañeros son testigos del trato amigable y cordial de los agentes de la brigada de información de Valladolid –que acudían en calidad de testigos- con el denunciante y otro grupo de testigos. En el momento de la declaración de los agentes de la brigada, uno de ellos relata cómo el supuestamente agredido llega a la comisaría, dice que le han agredido dos antifascistas y él, automáticamente, le enseña las fotos de los dos compañeros imputados, firmando el denunciante encima de ellas.
Al ser preguntado por uno de los abogados de la defensa si no había llevado a cabo el protocolo –rueda de reconocimiento, complexión, altura, etc.- para garantizar que la identificación se había realizado de manera correcta, el policía respondió “son errores que surgen, él me dijo quiénes eran y yo no me compliqué la vida…saqué sus fotos y el denunciante firmó sobre ellas. Omar y Sergio son viejos conocidos para nosotros”.
Durante el transcurso del juicio no se pudo demostrar en ningún momento la presencia o autoría de los compañeros en la supuesta agresión. Aun así, Omar y Sergio fueron condenados a 4 años de prisión con agravante de “ataque racista” y a 1.200 € de responsabilidad civil.
A
Tras un recurso, la sentencia fue rebajada a 2 años y 3 meses, no observándose el “ataque racista”, ya que el denunciante y los denunciados son de la misma etnia. Aun así, la pena era superior a 2 años y la suspensión de condena solo podría darse si se rebajaba a 2.
Los compañeros interpusieron una solicitud de indulto que fue denegada el pasado mes de febrero, lo cual agota todas las posibles vías de recurso para la prisión.
El último episodio de todo este circo se produce cuando el juzgado comunica a la abogada de uno de los compañeros que desde hace varios días ambos se encuentran en busca y captura para ser conducidos a prisión para ejecutar la condena.
Tras unos días de incertidumbre, donde los propios abogados no dan crédito a que no se notifique a los condenados día y hora de presentarse en la prisión y, en cambio, se efectúe una orden de arresto, finalmente se consigue modificar este “error” y se les fija un plazo para presentarse voluntariamente.
Por último, queremos contrastar la condena impuesta a los compañeros por unas simples supuestas “lesiones” con la condena al neonazi defendido por la madre-abogada del denunciante de todo este circo, al que grabar esvásticas con una navaja en la piel de varias menores de edad le costó tan solo 1 año y 6 meses de prisión. En cambio, Omar y Sergio, serán privados de su libertad 2 años y 3 meses por una acusación que a día de hoy no ha sido demostrada.
Juzguen ustedes mism@s.
SER ANTIFASCISTA NO ES DELITO. BASTA DE MONTAJES.
¡OMAR Y SERGIO
LIBERTAD!
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